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martes, 30 de noviembre de 2010

No sólo los pederastas engatusan a los menores en la Red para obtener sus imágenes sexuales

SextorsiónEl condenado, que en el momento de los hechos (2008) tenía 16 años, fingía representar a una agencia de modelos, y asumía otras identidades falsas para obtener fotos y vídeos de sus víctimas desnudas y en actitudes sexuales. Ha sido condenado a varios meses de realización de tareas socioeducativas relacionadas con la sexualidad. Es la primera sentencia dictada en la Región de Murcia contra un menor como responsable de un delito de descubrimiento y revelación de secretos y otros de prostitución y corrupción de menores.

El procesado había creado numerosas cuentas de correo electrónico y perfiles en redes sociales diferentes para poder entrar en contacto con chicas menores, jóvenes o parejas usando diversas triquiñuelas.

Así, por ejemplo, contactó con varias menores a las que «bajo la promesa de un trabajo para la supuesta agencia les solicitaba primero datos personales, como edad o medidas, y finalmente les pedía que posaran ante la ´webcam´ desnudas», tal y como consta en la sentencia. Otras veces chantajeaba a sus víctimas exigiendo que se desnudaran asegurando que disponía de vídeos sexuales de ellas y que los difundiría si se negaban.

En otra ocasión se hizo pasar por una pareja y convenció a otra para que realizaran actos sexuales ante la cámara web. A cambio, él acusado les puso imágenes de una grabación pornográfica haciéndoles creer que eran de la supuesta pareja.

También llegó a suplantar a chicas para recomendar a otras chicas que contactarán con él.

Fuente: La Opinión de Murcia

PantallasAmigas lanza a los adolescentes un mensaje preventivo para evitar estas situaciones: ¡Cuida tu imagen online!

sábado, 20 de noviembre de 2010

Dos adolescentes detenidos en Navarra por usurpar una identidad online y realizar 'sextorsión'

Una joven de 18 años, con antecedentes, ha sido arrestada en Tudela (Navarra) junto con un menor de edad, acusados de usurpar identidad de una persona en una red social, publicar fotos íntimas suyas y extorsionarle.

Ambos fueron detenidos cuando recogían el dinero exigido a la víctima para devolverle las claves de acceso y acusados de los delitos de usurpación de estado civil, contra la intimidad, extorsión y amenazas.

La víctima descubrió los hechos cuando, al intentar acceder a una red social de Internet de la que era usuario, vio que no podía hacerlo utilizando sus claves habituales. Cuando entró desde la cuenta de un amigo constató que alguien había robado su identidad y además había publicado fotos íntimas suyas acompañadas de comentarios deshonrosos. El comunicado del gobierno navarro no informa sobre cómo habían logrado robarle las contraseñas ni cómo obtuvieron las fotos íntimas de la víctima, si estaban publicadas como privadas en dicha red social o las obtuvieron de algún otro modo.

Una persona le exigió dinero (no se indica por qué medio se puso en contacto con él) para devolverle las claves de su cuenta amenazándole si realizaba dicho pago, cuya cuantía tampoco se ha especificado.

El extorsionado concretó una cita en un lugar público de Tudela para entregar una cantidad de dinero. El sobre fue recogido por la joven y el menor, siendo ambos detenidos en ese momento por los policías forales que vigilaban el lugar.


Fuente: El Mundo

jueves, 18 de noviembre de 2010

Un nuevo convenio europeo aborda la legalidad del sexting, el grooming y la pornografía infantil 'virtual'

En el Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual, elaborado en 2007 y recientemente aprobado por España (publicación del BOE) se hacen interesantes menciones a las NTIC, como Internet, en la medida en que son canal de captación pero también con virtudes para la formación y sensibilización en este área. Con ocasión del Día Internacional del Niño que se celebra este sábado día 20, queremos aprovechar para recordar estos aspectos tecnológicos de la protección sexual de los menores:

Art. 6 (las negritas, aquí y en lo que sigue, son nuestras):
Cada Parte adoptará las medidas legislativas o de otro tipo que sean necesarias para que los niños reciban, durante su educación primaria y secundaria, información sobre los riesgos de explotación y abuso sexual, así como sobre los medios para protegerse, adaptada a su etapa evolutiva. Esta información, proporcionada, en su caso, en colaboración con los padres, se inscribirá en el contexto de una información de carácter más general sobre la sexualidad y prestará especial atención a las situaciones de riesgo, especialmente las derivadas de la utilización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.


Es decir, desde la primaria, padres y niños deben ser formados en los riesgos sexuales derivados de las TIC, como son p.ej. el grooming y los relacionados con el sexting y el mal uso de las webcams o de las fotografías online en general.

Art. 13:
Cada Parte adoptará las medidas legislativas o de otro tipo que sean necesarias para fomentar y apoyar la creación de servicios de información, como líneas de asistencia telefónica o por Internet, para prestar asesoramiento a los llamantes, incluso
confidencialmente o respetando su anonimato.


Es decir, Internet se configura como un canal prioritario para facilitar la denuncia y el asesoramiento en estas cuestiones, prestando atención al necesario anonimato aunque no queda claro que sea algo obligado.

En el art. 20, relativo a la definición de los delitos de pornografía infantil, se indica que:

Cada Parte se reserva el derecho de no aplicar, en todo o en parte, el apartado 1.a a la producción y a la posesión de material pornográfico:
- Que consista exclusivamente en representaciones simuladas o imágenes realistas de un niño no existente;
- en el que participen niños que hayan alcanzado la edad fijada en aplicación del apartado 2 del artículo 18, cuando dichas imágenes hayan sido producidas por ellos y estén en su poder, con su consentimiento y únicamente para su uso particular.


Es decir, por un lado queda en manos de cada país incluir o no las imágenes generadas por ordenador o dibujadas, incluso aunque no sean realistas, de personajes de ficción, dentro de los delitos de pornografía infantil: esto p.ej. podría convertir en ilegal algún subgénero del hentai (historietas pornográficas japonesas), las imágenes producidas con programas como Poser o en mundos virtuales como Second Life, o determinados videojuegos, como ya ha sucedido en algunos países no europeos.

Peligro: SextingEn el segundo punto hace referencia a la legalidad del sexting, y deja abierta la puerta a considerarlo legal si lo generan personas mayores de la edad de consentimiento sexual (en España actualmente 13 años) aunque no parece claro que se permita compartirlo (producidos por ellos y que estén en su poder...y únicamente para su uso particular): es decir, el/la menor podría sacarse una foto pornográfica a sí mismo(a), nunca a otra persona, y solamente guardarla para sí, sin compartirla ni enviarla a nadie. El convenio no aborda el problema de que se produzca dicho sexting en un país donde sea considerado legal y se envíe consentidamente a otra persona donde no lo sea, o donde la edad de consentimiento sexual sea diferente.

Art. 20:
Cada Parte adoptará las medidas legislativas o de otro tipo que sean necesarias para tipificar como delito el hecho de que un adulto, mediante las tecnologías de la información y la comunicación, proponga un encuentro a un niño que no haya alcanzado la edad fijada en aplicación del apartado 2 del artículo 18 con el propósito de cometer contra él cualquiera de los delitos tipificados con arreglo al apartado 1.a del artículo 18 o al apartado 1.a) del artículo 20, cuando a dicha proposición le hayan seguido actos materiales conducentes a dicho encuentro.


Este artículo trata del grooming, pero abarca casos más amplios en los que no se siga el proceso habitual de engatusamiento: p.ej. una proposición directa y sin disimulo. Por contra, no parece recoger las captaciones no dirigidas a mantener encuentros, pero que tengan como fin producir imágenes sexuales, y que sí se recogen en la definición habitual de grooming. También es relevante que se propone considerar delito las tentativas de encuentro sólo cuando a dicha proposición le hayan seguido actos materiales conducentes a dicho encuentro. Es decir, que la mera proposición no basta para incurrir en delito.

En España el Convenio entrará en vigor el día 1 de diciembre de 2010.

Un padre condenado por el ciberdelito de su hijo, por no haberle «vigilado y educado» convenientemente

Ilustración sexting -> ciberbullyingUn juez de Las Palmas ha condenado a pagar una indemnización de 5.000 euros al padre de un menor que publicó en la red social online Tuenti una fotografía de otra menor, de 15 años, con comentarios ofensivos. La sentencia considera responsable al progenitor por no vigilar el uso de Internet que hacía su hijo (culpa in vigilando) y por no educarle adecuadamente en un uso responsable.

Los hechos ocurrieron en octubre de 2008, cuando el menor publicó en su perfil de Tuenti una foto de una chica de 15 años en ropa interior junto al texto: "Fefi la loca se te aparecerá esta noche para hacerte una felación. Para protegerte de su ataque envía esta foto a 10 de tus contactos, hazlo rápido o Fefi se te adelantará".

Los dos menores residentes en Las Palmas, no se conocían entre ellos. La fotografía la había publicado la propia chica en su zona privada, de acceso restringido, de la red social. Esto no evitó su difusión al resto de usuarios: de hecho, la propia menor se enteró de su difusión a través del perfil de un amigo.

El hecho dañó gravemente a la adolescente: según el informe psicológico realizado, la menor presentaba un síndrome depresivo al ser víctima de ciberbullying, que se mantuvo pese a cambiarse de colegio: no tardaron en reconocerla, la situación se agravó y perdió todo el curso.

El joven que robó la imagen animó a sus conocidos en Tuenti a realizar comentarios vejatorios, que de hecho se realizaron. Una compañera intentó advertirle de su comportamiento poco ético, de que estaba siendo ofensivo, a lo cual hizo caso omiso.

Cuando la policía se puso en contacto con el menor, éste eliminó rápidamente la foto y pidió disculpas en la misma página, aunque ello no ha evitado que el juez dictara una indemnización de 5.000 euros por el trauma causado a la joven al convertirla en objeto de burla.

Fuente: El Mundo

El siguiente vídeo de PantallasAmigas trata precisamente de cómo prevenir los riesgos para nuestra privacidad en las redes sociales. No pensemos que por tener los fotos como privadas, en algún lugar de la Red, estamos a salvo de sufrir consecuencias desagradables a partir de ellas:

¿Tienes privacidad de verdad en las redes sociales?





martes, 16 de noviembre de 2010

Los ciberdelitos amenazan los derechos de los menores en Internet

En 1954 la Asamblea General de Naciones Unidas recomendó que todos los países instituyeran el Día Universal del Niño, fecha que se dedicaría a actividades para promover el bienestar de los niños del mundo. El día 20 de noviembre fue la fecha elegida, conmemorando las fechas en que la Asamblea aprobó la Declaración de los Derechos del Niño (1959) y la Convención sobre los Derechos del Niño (1989). Pero ¿qué implica la aplicación y defensa de dichos derechos en el ámbito de Internet y otras Nuevas Tecnologías?

Según Jorge Flores Sigue al director de PantallasAmigas en Twitter, director de PantallasAmigas, "en esencia, poco o nada se puede añadir a lo expresado en la CDN. Sin embargo, merece la pena pensar qué nuevos condicionantes y agentes aparecen en esta labor de defensa de la infancia en el contexto actual."

En opinión del fundador de esta iniciativa para el uso seguro de Internet y para la promoción de la ciudadanía digital responsable:
"No hay que olvidar que las TIC suponen una gran oportunidad para la infancia y la adolescencia. Por otro lado, dada la importancia de los nuevos usos sociales de las TIC y de las competencias digitales, se puede hablar sin ningún tipo de duda de el poder de la infancia en Red. Así pues, promoción y participación son dos aportaciones valiosísimas de las TIC para la infancia."


¿Cuáles son las amenazas novedosas a que se enfrentan los menores en Internet?



BitboysPantallasAmigas, a lo largo de su trabajo desde 2004, ha identificado los siguientes riesgos que amenazan los derechos de niños y adolescentes y ofrece diversos materiales didácticos y sitios web para la prevención en torno a cada uno de ellos:


¿Cuáles son los ciberderechos en opinión de los propios chicos?



Ciberderechos-Infancia.netEn 2009 PantallasAmigas puso en marcha la primera edición de una iniciativa online dirigida a que los propios menores aplicasen el contenido de la Convención de los Derechos de la Infancia al entorno virtual, dentro del concurso InternetAmiga que contó con el apoyo de numerosas organizaciones del ámbito iberoamericano, España y EE.UU. Paralelamente puso al alcance de los docentes diverso material de referencia junto con unas pautas pedagógicas que les ayudase a llevar a cabo con los menores una actividad educadora en este tema.

INTERNETamigaA partir de los e-derechos de la infancia en Internet propuestos por Unicef en 2004 PantallasAmigas presenta una propuesta de 15 derechos sobre los que los menores debían seleccionar los más importantes además de poder sugerir nuevos derechos no planteados en la lista inicial, ejerciendo así su derecho a la participación.

Como resultado, estos fueron los 10 derechos más votados por los menores participantes en la iniciativa:

  1. Derecho a ser tratado/a con respeto siempre, sin discriminación y sin distinción de etnia, sexo, ideología o cualquier otra condición personal.


  2. Derecho a denunciar y contar con ayuda en las situaciones que sean violentas o desagradables.


  3. Derecho a ser protegido/a frente a los contenidos y personas potencialmente nocivas así como a ser instruido/a en relación a las pautas básicas de autoprotección en la Red.


  4. Derecho a ser informado/a de todos mis derechos dentro y fuera de la Red.


  5. Derecho al acceso y uso de Internet para la información, la comunicación, la educación, la cultura, el ocio y la participación en la sociedad.


  6. Derecho a no revelar mis datos personales y, en su caso, a conocer y a controlar el uso que se hace de ellos.


  7. Derecho a que nadie vulnere mi honor, mi reputación o mi dignidad en la Red.


  8. Derecho a acceder a una Red libre de contenidos ilegales y de servicios fraudulentos.


  9. Derecho a estar protegido/a de la publicidad, como en cualquier otro medio de comunicación (TV, prensa escrita, radio, etc.).


  10. Derecho a acceder a los contenidos y servicios de la Red sin restricciones o censuras de tipo político o ideológico.



Además, los jóvenes internautas propusieron otros derechos, entre los que destacan:

  • Derecho a que se elimine cualquier tipo de información de la red en el momento en el que el usuario desaparezca (cuentas y redes sociales). (De hecho, este problema se está convirtiendo en una preocupación que está requiriendo reformas legislativas a nivel internacional.)


  • Derecho a tener la información adecuada acerca de quién visita los diferentes perfiles que posea el usuario y pedir previa autorización en el uso de su información por otras personas.


  • Derecho a disponer de herramientas para prohibir la copia de imágenes y/o fotos pertenecientes a un perfil.


  • Derecho a tener todas las herramientas a disposición para poder ocultar sus datos confidenciales parcialmente o en su totalidad.



PantallasAmigas integra su labor para la prevención y la educación sobre los riesgos en Internet que amenazan los derechos de los niños en una estrategia global de promoción de la ciudadanía digital responsable. En palabras de Jorge Flores:
"Hoy la convivencia y la ciudadanía no se viven sólo cara a cara, sino también a distancia, mediada por múltiples pantallas. Todas ellas, junto con Internet y el ciberespacio, son los nuevos escenarios de la vida hoy. Allí también nos enamoramos, trabajamos, estudiamos, viajamos, compramos, y por supuesto, nos fortalecemos o nos debilitamos como seres humanos. Lo que en estos espacios se hace, no es distinto de lo que se hace fuera de ellos. No son las tecnologías ni las herramientas las que nos dan o nos quitan bienestar. Son las relaciones humanas o inhumanas que establecemos."

Adolescentes, redes sociales y ciberdelitos, este jueves en Portugalete

Jornada Matinal en Portugalete con el objetivo de conocer las oportunidades y los retos de las redes sociales en la infancia y la adolescencia para obtener el mayor beneficio sin correr riesgos

Jornadas en Portugalete sobre riesgos y oportunidades de las redes sociales en Internet para los adolescentesEste jueves, 18 de noviembre de 2010, en el Centro Cultural Santa Clara (Casilda Iturrizar, 10) de Portugalete (Vizcaya), entre las 9:15 y 13:30 horas tendrá lugar una jornada bajo el título de Infancia y Adolescencia TIC: Oportunidades y Retos de las Redes Sociales. El objetivo de la misma es dar a conocer las oportunidades y los retos de las redes sociales online en la infancia y la adolescencia para obtener el mayor beneficio de ellas sin correr riesgos.

Está dirigda a profesionales del mundo de la educación, de la acción social, madres y padres.

Programa



  • 09:15 a 09:30 - Recepción.

  • 09:30 a 10:00 - Presentación y Bienvenida


    • Mikel Torres. Alcalde de Portugalete.

    • Loli Torres. Concejala del Área de Prevención de Dragodependencias.

    • Ángel Anero. Concejal Delegado de Nuevas Tecnologías y Comunicación.

    • Jorge Flores Sigue al director de PantallasAmigas en Twitter Director de PantallasAmigas.




  • 10:00 a 10:30 - "Kolokon.com. Una forma joven de entender el sexo, las drogas y el rock&roll".

    • Alaine Markaida. Educadora Social del Ayuntamiento de Portugalete.




  • 10:30 a 11:15 - "Uso seguro de las redes sociales. Pautas preventivas y fomento de la ciudadanía digital responsable".


  • 11:15 a 11:45 - Descanso.


  • 11:45 a 12:30 - "Ciberacoso en las redes sociales. ¿Cómo se produce? ¿Qué hacer y dónde acudir si se es víctima?".

    • Rosario del Rey. Universidad de Sevilla. Experta en acoso escolar y ciberbullying.



  • 12:30 a 13:15 - "Delitos más comunes en Internet por parte de los menores y responsabilidad ante la Ley. Recomendaciones".


  • 13:15 a 13:30 - Conclusiones y Cierre de la Jornada.




Más información (Tlfn: 94 472 92 27)


Jornada Infancia y Adolescencia TIC (evento en Facebook)


Programa (PDF, euskera): Haurtzaroa era Nerabezaroa IKT: Gizerte-Sareen Aukerak era Erronkak


Programa (PDF, castellano): Infancia y Adolescencia TIC: Oportunidades y Retos de las Redes Sociales

Fuente: PantallasAmigas

viernes, 5 de noviembre de 2010

Sextorsionó a 230 personas usando herramientas al alcance de cualquiera

SextorsiónTras dos años de investigación, la ciberpatrulla del FBI ha detenido a un californiano de 31 años por amenazar a sus víctimas y realizar chantajes de tipo sexual (sextorsión, en palabras de la policía) tras infectar sus ordenadores con un malware de tipo troyano.

Este malware le permitía controlar la webcam y el micrófono de los ordenadores infectados, además de tener acceso a los ficheros y todo lo que se tecleaba en ellos. Después usaba esa información para chantajear a las más de 200 víctimas, muchas de ellas adolescentes.

Una vez que lograba infectar un ordenador, se valía de técnicas de ingeniería social para extenderlo en una red social online: suplantaba la identidad de algún conocido y ofrecía ver un vídeo. Cuando la gente aceptaba el anexo, el caballo de Troya se instalaba, dándole completo control del PC.

El FBI explicó que no era ningún hacker, sino una persona con conocimientos medios: "Cualquiera puede hacer esto con las herramientas que están disponibles en la Red".

Ilustración de CuidadoConLaWebcam.comEl sextorsionador creaba una situación de angustia en sus víctimas, principalmente adolescentes, mediante amenazas de difusión de su privacidad, usando el miedo para controlarlas. Así, solía adjuntar a emails remitidos a sus víctimas una foto íntima de ellas mismas que había encontrado en el equipo infectado, y les exigía que grabasen un vídeo explícito para él, bajo la amenaza de enviarles a los padres dicha fotografía si no accedían a la petición.

Según el FBI podía haber seguido controlando para siempre la intimidad de sus víctimas, como un perpetuo espectro voyeur que acompañaría cada segundo de sus vidas en sus habitaciones, si no hubiese dado el paso de establecer contacto. Esto resulta quizás aún más aterrador: ¿cuántos adolescentes estarán sufriendo esta vigilancia de desconocidos sin saberlo?

Fuente: IDG now UOL

¡Cuidado con la webcam!PantallasAmigas contribuye a la sensibilización mediante webs temáticos y animaciones didácticas en torno a este problema y otros derivados del uso de la webcam y del sexting. Uno de ellos es CuidadoConLaWebcam.