En octubre de 2008 el padre de una menor denunció la aparición de un contenido vejatorio sobre su hija en Internet y apuntaba hacia dos sospechosas. El fiscal sobreseyó el caso al no considerar entonces oportuno iniciar la vía penal porque no había indicios claros de la autoría de los hechos, existía una situación de recíproco conflicto entre las menores y se hacía un uso inadecuado de las nuevas tecnologías por ambas partes. Además, la investigación que podría aportar la dirección de la IP del ordenador desde donde se realizaba la presunta manipulación tampoco sería suficiente para acreditar la autoría de los hechos. El Defensor del Pueblo ha pedido reabrir el caso porque el progenitor de una de las denunciadas habría reconocido que su hija cometió los hechos.
Relativo a acoso escolar, entre los tres expedientes incoados por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el 2008 destaca el de seis menores que acudían a la misma clase insultaban y vejaban a otro compañero. Incluso llegaron a publicar en Youtube una fotografía del denunciante con comentarios humillantes. Tras la denuncia presentada por el agredido, en el ámbito escolar se acordó que el cabecilla de los agresores fuera cambiado de clase, el centro educativo reprendió a los menores quienes tuvieron que pedir perdón a la víctima y cambiar su comportamiento. En este caso, no fue necesaria ninguna medida de alejamiento ni de cambio de centro escolar.
Otro de los temas tratados en el TSJR fue el de un menor que vejaba, humillaba, insultaba y amenazaba a otro alumno de su misma clase. En este caso se prohibió al menor agresor acercarse a la víctima, también se decretó su libertad vigilada, aunque no fue preciso el cambio de centro escolar porque el denunciado cambió de localidad de residencia.
En relación al acoso escolar existe en La Rioja el Observatorio de Convivencia Escolar al que pertenece la Fiscalía donde se canalizan muchos de los asuntos susceptibles de generar conflictividad en las aulas.
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